Un burofax de Correos cuesta entre 8,35 € y 36,01 €. El básico de una página en territorio nacional son 8,35 €; la modalidad Premium, con entrega urgente bajo firma, son 12,72 €, y el Premium Plus con custodia, PEE y copia certificada llega a 36,01 € (PVP). El precio final depende de tres cosas: número de páginas, destino del envío y garantías que contrates.
Un burofax electrónico con la misma validez legal bajo eIDAS y el art. 299.2 de la LEC cuesta 1,25 € + IVA, se envía en segundos y no exige pasar por una oficina.
Precios actualizados a septiembre de 2026.
A continuación tienes la tabla completa por modalidad, qué incluye exactamente cada opción y la comparativa con las alternativas digitales.
¿Qué es el burofax y para qué sirve?
El burofax es un servicio de Correos que permite enviar un documento con acreditación fehaciente de su contenido y su recepción. Nació como evolución del fax certificado y durante décadas fue el único método reconocido por los tribunales para dejar constancia de que una comunicación llegó a su destinatario con un contenido determinado.
Se usa habitualmente para:
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Reclamar deudas y requerimientos de pago
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Resolver contratos de arrendamiento o servicios
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Notificar despidos, sanciones laborales o ERTEs
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Comunicar a una comunidad de propietarios decisiones de la junta
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Cualquier situación donde necesites prueba de que el otro lado recibió el mensaje
¿Cuánto cuesta enviar un burofax en Correos? Precios 2026
Enviar un burofax en Correos cuesta desde 8,35 € el envío más básico de una página, y la factura sube según lo que añadas. Correos lo ofrece en varias modalidades: el precio varía según los servicios adicionales que contrates, el número de páginas y si lo envías desde una oficina o por internet. Estas son las tarifas oficiales vigentes desde el 1 de enero de 2026.
Modalidades principales
| Modalidad | Precio base (1ª página) | IVA (21%) | PVP total | Qué incluye |
|---|---|---|---|---|
| Burofax Premium | 10,51 € | 2,21 € | 12,72 € | Envío urgente con entrega bajo firma |
| Burofax Premium Plus | 29,76 € | 6,25 € | 36,01 € | Custodia 60 meses + PEE + Copia Certificada |
| Burofax Premium Online | 7,20 € | +IVA | ~8,71 € | Envío desde correos.es sin ir a oficina |
Fuente: Tarifas oficiales de Correos 2026 – Península y Baleares, publicadas en correos.es.
Si lo que buscas es entender qué añade exactamente el Premium Plus sobre el Premium básico —la custodia de 60 meses, el PEE y cuándo compensa pagarlo—, lo desglosamos en detalle en burofax Premium y Premium Plus: diferencias, custodia y PEE.
Servicios adicionales (costes extra)
| Servicio adicional | Coste aproximado |
|---|---|
| Acuse de recibo (PEE) | +1,50 – 2,00 € |
| Certificación de contenido | Incluido en Premium Plus; independiente ~3,50 € |
| Copia certificada | Incluido en Premium Plus |
| Páginas adicionales | 1,05 € + IVA (1,27 € PVP) por cada hoja extra |
| Custodia ampliada (60-120 meses) | Incluido en Premium Plus; opcional en Premium |
¿Qué incluye la “certificación de contenido”?
Es el servicio adicional más importante si tienes pensado usar el burofax en un procedimiento judicial. La certificación de contenido es una copia autenticada del texto que enviaste, que Correos guarda en sus archivos. Si el destinatario niega haber recibido un contenido concreto, puedes pedir esa copia como prueba.
Sin certificación de contenido, el burofax solo acredita que se envió algo, no qué decía.
¿Cuánto cuesta el burofax completo (con todas las garantías)?
Si quieres la máxima protección legal — acuse de recibo + certificación de contenido + custodia — el coste de un burofax nacional de una sola página es de 36,01 € (PVP) con el Burofax Premium Plus.
Si optas por el Burofax Premium básico y le añades los servicios adicionales por separado, el coste final ronda los 16 – 20 €.
Para un despacho de abogados que envía decenas de notificaciones al mes, ese coste se acumula rápidamente.
Coste total por caso de uso
| Situación | Modalidad recomendada | Coste estimado |
|---|---|---|
| Requerimiento de pago (1 pág.) | Premium + PEE + cert. contenido | 16 – 20 € |
| Resolución de contrato de alquiler | Premium Plus (máximas garantías) | 36,01 € |
| Notificación laboral (despido, sanción) | Premium Plus (máximas garantías) | 36,01 € |
| Convocatoria a comunidad de propietarios | Premium × N destinatarios | 12,72 – 36,01 € × N |
En el caso de una comunidad de propietarios con 20 vecinos, el coste total supera los 250 – 720 € por cada envío masivo, dependiendo de la modalidad elegida.
Alternativas al burofax con la misma validez legal
El Reglamento eIDAS (UE 910/2014) y su revisión en 2024 (eIDAS 2.0) reconocen expresamente la validez de los servicios de entrega electrónica certificada. Para que no haya duda sobre lo que dice la ley, citamos textualmente los artículos relevantes.
Lo que dice la ley: Artículo 43 del Reglamento eIDAS
El artículo 43 del Reglamento (UE) 910/2014 establece literalmente:
Artículo 43 — Efecto jurídico de un servicio de entrega electrónica certificada A los datos enviados y recibidos mediante un servicio de entrega electrónica certificada no se les denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales por el mero hecho de que estén en formato electrónico o no cumplan los requisitos de servicio cualificado de entrega electrónica certificada. Los datos enviados y recibidos mediante un servicio cualificado de entrega electrónica certificada disfrutarán de la presunción de la integridad de los datos, el envío de dichos datos por el remitente identificado, la recepción por el destinatario identificado y la exactitud de la fecha y hora de envío y recepción de los datos que indica el servicio cualificado de entrega electrónica certificada.
Esto significa dos cosas muy claras. Primero: no se puede rechazar una comunicación electrónica certificada como prueba en juicio solo porque sea digital. Segundo: si el servicio es cualificado, se presume automáticamente que los datos son íntegros, que el remitente es quien dice ser, que el destinatario los recibió y que la fecha y hora son exactas.
Lo que dice la ley: Artículo 44 del Reglamento eIDAS
El artículo 44 establece los requisitos que debe cumplir un servicio cualificado de entrega electrónica certificada:
Artículo 44 — Requisitos de los servicios cualificados de entrega electrónica certificada Los servicios cualificados de entrega electrónica certificada cumplirán los requisitos siguientes: a) ser prestados por uno o más prestadores cualificados de servicios de confianza; b) asegurar con un alto nivel de fiabilidad la identificación del remitente; c) garantizar la identificación del destinatario antes de la entrega de los datos; d) estar protegidos el envío y recepción de datos por una firma electrónica avanzada o un sello electrónico avanzado de un prestador cualificado de servicios de confianza de tal forma que se impida la posibilidad de que se modifiquen los datos sin que se detecte; e) indicar claramente al emisor y al destinatario de los datos cualquier modificación de los datos necesarios a efectos del envío o recepción de los datos; f) indicar mediante un sello cualificado de tiempo electrónico la fecha y hora de envío, recepción y eventual modificación de los datos. En caso de que los datos se transfieran entre dos o más prestadores cualificados de servicios de confianza, se aplicarán los requisitos establecidos en las letras a) a f) a todos los prestadores cualificados de servicios de confianza.
Modificación de 2024 (eIDAS 2.0): actualización del artículo 44
La revisión de eIDAS publicada en 2024, conocida como eIDAS 2.0, introdujo cambios relevantes en el artículo 44 que refuerzan su aplicación:
Apartado 1 bis (nuevo): Se presumirá el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 1 cuando el proceso de envío y recepción de datos sea conforme a las normas, especificaciones y procedimientos a que se refiere el apartado 2.
Apartado 2 (nuevo texto): A más tardar el 21 de mayo de 2025, la Comisión establecerá, mediante actos de ejecución, una lista de normas de referencia y, en su caso, las especificaciones y los procedimientos para los procesos de envío y recepción de datos.
Apartado 2 bis (nuevo): Los prestadores de servicios cualificados de entrega electrónica certificada podrán acordar la interoperabilidad entre los servicios cualificados de entrega electrónica certificada que presten. Dicho marco de interoperabilidad cumplirá los requisitos establecidos en el apartado 1 y dicho cumplimiento será confirmado por un organismo de evaluación de la conformidad.
Apartado 2 ter (nuevo): La Comisión podrá establecer, mediante actos de ejecución, una lista de normas de referencia y, en su caso, las especificaciones y los procedimientos aplicables al marco de interoperabilidad a que se refiere el apartado 2 bis del presente artículo. Las especificaciones técnicas y el contenido de las normas serán rentables y proporcionados.
La reforma de 2024 no solo mantiene la plena validez de los servicios de entrega electrónica certificada, sino que refuerza la interoperabilidad entre prestadores y establece un marco normativo más concreto para su aplicación en toda la Unión Europea.
Adicionalmente, en el ordenamiento jurídico español, el artículo 299.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) admite como medio de prueba los instrumentos que permiten archivar, conocer o reproducir datos relevantes para el proceso, lo que incluye expresamente las comunicaciones electrónicas certificadas.
Comparativa de costes: burofax vs. notificación fehaciente digital
| Burofax Correos (Premium Plus) | NOTIFICA (NF) | |
|---|---|---|
| Precio por envío | 36,01 € (PVP) | 1,25 € + IVA |
| Precio mínimo (Premium Online) | 8,71 € (PVP) | 1,25 € + IVA |
| Tiempo de entrega | 24 – 48 h (laborables) | Instantáneo |
| Acuse de recibo | Opcional (+coste) o incluido en Plus | Incluido |
| Certificación de contenido | Opcional (+coste) o incluido en Plus | Incluido |
| Sello electrónico cualificado | No | ✓ QeSeal (eIDAS art. 44.1.d) |
| Marca de tiempo cualificada | No | ✓ Incluida (eIDAS art. 44.1.f) |
| Validez legal en España y UE | ✓ | ✓ (eIDAS art. 43 + LEC art. 299.2) |
| Intervención notarial (opcional) | No | ✓ (7,50 € + IVA) |
| Envío masivo | Imposible o carísimo | ✓ Desde 0,15 €/destinatario |
| Envío desde ordenador o móvil | Solo online vía correos.es | ✓ Siempre online |
El ahorro por envío oscila entre el 85 y el 96% respecto al Burofax Premium Plus, y entre el 80 y el 85% respecto al Premium Online.
¿Cuándo sigue siendo preferible el envío en papel?
A pesar de los avances regulatorios, hay casos en los que la notificación en papel sigue siendo la opción más adecuada:
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Destinatario sin correo electrónico conocido: si no tienes ningún email de contacto, el envío postal llega a la dirección física sin necesidad de datos digitales.
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Procedimientos con jurisprudencia muy consolidada en burofax: algunos jueces y árbitros de mayor antigüedad aún prefieren el burofax por puro hábito. Aunque la ley equipara ambos medios (artículo 43 eIDAS), el papel puede generar menos fricción procesal en casos muy concretos.
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Entornos sin confianza en lo digital: si el destinatario es una persona mayor sin correo electrónico, el papel puede ser más efectivo para asegurar la recepción.
En los tres casos no necesitas ir a Correos: nosotros también enviamos en papel. Nuestro burofax postal cuesta 7,50 € + IVA, se envía desde el ordenador y llega impreso al domicilio del destinatario, con seguimiento y acuse de recibo. La diferencia es que el envío queda además respaldado por la cadena digital de NF y su sello electrónico cualificado, así que tienes el acta digital desde el minuto uno sin esperar al acuse en papel. Frente a los 8,35–36,01 € de Correos, es la misma prueba en papel por menos de la mitad.
Y si tampoco tienes un email de contacto pero sí un número de teléfono, la notificación por SMS certificado cubre ese mismo hueco por 1,25 € + IVA, con el mismo nivel probatorio que el burofax electrónico.
Preguntas frecuentes sobre el precio del burofax
¿Puedo enviar un burofax online sin ir a Correos?
Sí, y tienes dos vías. Correos ofrece su Burofax Premium Online, que permite subir el PDF sin pisar la oficina: 7,20 € + IVA la primera página, más los recargos por acuse de recibo y certificación de contenido. La otra vía es hacerlo con nosotros: el burofax postal de NF cuesta 7,50 € + IVA con acuse de recibo y certificación ya incluidos, y si el destinatario tiene email, el burofax electrónico sale por 1,25 € + IVA con la misma validez legal bajo eIDAS y el artículo 299.2 de la LEC.
¿El burofax tiene IVA?
El burofax Premium tiene un IVA del 21%. Por ejemplo, el Burofax Premium base pasa de 10,51 € a 12,72 € PVP. Los servicios adicionales también llevan IVA.
¿Cuánto tarda en llegar un burofax urgente?
En España peninsular, el Burofax Premium se entrega el mismo día si se envía antes de las 13:00 h a localidades con Unidad de Reparto Especial. Para el resto de envíos, la entrega es a la mañana del siguiente día hábil. Los sábados, domingos y festivos no computan.
¿Qué pasa si el destinatario no está en casa para recibir el burofax?
El cartero deja un aviso. Si el destinatario no recoge el burofax en la oficina de Correos en el plazo establecido, se considera que ha sido intentado y Correos emite el certificado de intento de entrega, que tiene validez legal como prueba del intento de notificación.
¿El destinatario puede negarse a firmar el burofax?
Sí puede negarse, pero el rechazo también queda acreditado. La negativa a recibir el burofax no anula sus efectos legales: el remitente tiene prueba de que fue entregado y rechazado.
¿Cuál es la diferencia entre burofax y carta certificada?
La carta certificada acredita el envío y la entrega, pero no el contenido. El burofax, además, puede incluir certificación de contenido. Para procedimientos legales donde importa qué se comunicó exactamente, el burofax es superior a la carta certificada.
¿Tiene la misma validez legal una notificación electrónica certificada que un burofax?
Sí. El artículo 43 del Reglamento eIDAS establece que a los datos enviados mediante un servicio de entrega electrónica certificada no se les denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba. Cuando el servicio es cualificado, además se presume la integridad del contenido, la identidad del remitente, la recepción por el destinatario y la exactitud de la fecha y hora.
Conclusión
El burofax sigue siendo un medio fehaciente reconocido y eficaz, pero en 2026 ya no es la única opción ni la más económica. Con un Burofax Premium Plus a 36,01 € por envío — o un mínimo de 12,72 € sin todas las garantías — el coste se dispara para quien necesita enviar notificaciones de forma habitual.
Las alternativas digitales bajo eIDAS, respaldadas textualmente por los artículos 43 y 44 del Reglamento, permiten conseguir la misma validez legal desde 1,25 € + IVA por envío, con entrega instantánea, sellado electrónico cualificado y sin desplazamientos.
Si eres despacho de abogados, administrador de fincas, asesoría o departamento legal de empresa, la diferencia es significativa.
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